martes, 20 de marzo de 2018

ASAMBLEA: ¿QUÉ HACEMOS CON LOS MÓVILES?


   Desde el curso pasado el instituto permite el uso educativo de los móviles, esto es, se pueden utilizar durante el desarrollo de las clases siempre que el profesorado así lo indique. Una vez que se aprueba ese uso, se modifica el reglamento de régimen interno del centro: deja de estar prohibido traer los dispositivos móviles al centro ya que pueden ser utilizados en las dinámicas del aula, pero sigue siendo sancionado cualquier otro uso.
   ¿Qué está pasando realmente con los móviles en el centro? ¿Se usan adecuadamente? ¿Se están convirtiendo en un problema? ¿Deberíamos volver a prohibirlos? ¿Tendríamos que permitir un uso libre?
   Desde la dirección del centro se ha propuesto una reflexión al profesorado sobre este tema y nosotros queremos que se haga también en el alumnado. por eso, nuestra próxima asamblea de aula girará en torno a este tema: ¿Qué hacemos con los móviles?
   Para prepararla tienes que  leer esta noticia y esta entrevista. Luego debes analizar el protocolo que existe en nuestro centro para poder valorarlo y plantear propuestas en nuestra asamblea. 


   El profesorado, en aplicación de la programación didáctica de su materia, podrá autorizar al alumnado el uso de dispositivos digitales como tabletas digitales o teléfonos móviles, en las siguientes condiciones:

a) El profesorado avisará con antelación al alumnado y sus familias sobre la propuesta de uso didáctico de tabletas digitales o teléfonos móviles como herramienta de trabajo o estudio en el aula.

b) No podrá exigirse el uso obligatorio de dispositivos electrónicos. En el caso del uso de libros o textos digitales, el profesorado deberá ofrecer una alternativa, ya sea para adquirir, para fotocopiar o para descargar e imprimir.

c) Las familias y el alumnado serán en todo momento responsables de que el contenido digital de los dispositivos se ajuste a la legalidad y a los principios educativos del IES Siete Palmas.

d) Será responsabilidad del alumnado la custodia y el buen uso de su dispositivo digital, así como de configurar una clave de acceso que impida el uso ajeno.

e) El profesorado deberá indicar expresamente en qué momento y con qué finalidad se pueden usar los dispositivos y en qué momentos deberán guardarse. En este caso el dispositivo deberá guardarse apagado o en modo silencio.

f) No está autorizado el uso de los dispositivos en los pasillos o zonas comunes, excepto si se está realizando una actividad programada por el profesorado, y siempre bajo su supervisión.

g)  No está permitido su uso en el recreo ni tan siquiera como reproductor de música.

h)  Todo uso que no haya sido autorizado será considerado falta y sancionado en consecuencia.

    En este caso el profesorado podrá requerir el dispositivo al alumno para depositarlo ante el equipo directivo, quien lo entregará a la familia. A este efecto se recuerda que por la Ley Orgánica 15/1999,de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, la utilización de imágenes de profesores y compañeros sin la debida autorización es un delito tipificado y penado. La responsabilidad de la captación, reproducción o publicación de imágenes recae en la persona que las realiza, quien se atendrá a las consecuencias legales que dispone la legislación vigente. En caso de menores de edad, responderán solidariamente con él de los daños y perjuicios causados sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por este orden.

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